Contratos Mercantiles

Los contratos son un elemento esencial del desarrollo de la actividad de cualquier negocio. En nuestro Despacho somos especialistas en elaborar y negociar todo tipo de contratos mercantiles.

Además, no sólo trabajamos en español, sino que también elaboramos y negociamos contratos mercantiles en inglés.

Es fundamental revisar bien todas las cláusulas de un contrato y ponderar las obligaciones que entrañan. A menudo nos llegan clientes que firmaron contratos sin estar bien revisados, y aceptaron cláusulas que no entendían bien o a las que no prestaron atención y que ahora representan un grave problema. Nunca hay que infravalorar la importancia de un buen contrato.

Luis Baños Abogados, despacho Nº1 Mercantil

Tipos de Contratos Mercantiles más frecuentes:

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Contrato de agencia

El agente es un intermediario que actúa en nombre del empresario principal, promoviendo una venta, por la cual, se lleva una comisión. Pero la venta no la efectúa el agente directamente, sino que él hace posible que la misma la lleve a cabo el empresario principal, con el cliente final, y el agente se lleva una comisión por esta labor de intermediación.

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Contrato de distribución

El distribuidor realiza la venta de un producto (o servicio) que habrá adquirido a un tercero, pero el negocio jurídico lo establece directamente el distribuidor con el cliente final a su propio riesgo y ventura.

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Contrato de colaboración

El contrato de colaboración reviste muchas formas: contrato de prestación de servicios, contrato de arrendamiento de servicios, etc. Se trata de uno de los tipos de contrato entre sociedades que más preparamos en nuestro despacho. Es un acuerdo por el cual una empresa se obliga a hacer algo para otra (producir un bien o prestar un servicio) a cambio de una remuneración.

Contrato de franquicia

Se trata de uno de los tipos de contrato de sociedades más comunes, mediante el cual una empresa titular de unos derechos (de imagen, de saber hacer, de procesos, etc.) los cede a la otra parte, durante un determinado tiempo, a cambio de una remuneración.

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Contrato de préstamo

Aunque no es requisito legal, conviene que siempre que se vaya a conceder un préstamo a una empresa, se documente en un contrato; que se establezca además del importe a conceder y si se le aplicarán intereses o no, el plazo.

 

A menudo nos encontramos con casos en los que un socio minoritario prestó dinero a una sociedad de la que no es administrador sin firmar un contrato y tras desavenencias con otros socios desea la devolución de su préstamo. Sin embargo, al no tener contrato firmado, no se ha formalizado obligación de reembolso en una fecha determinada.

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