Los préstamos participativos y los préstamos convertibles

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Los préstamos participativos y los préstamos convertibles suponen dos de las fórmulas empleadas por las empresas y sociedades para financiarse. A continuación, como Abogado Mercantil, queremos hablar de algunas de sus propiedades así como de sus diferencias específicas para que comprenda mejor cómo funcionan y cómo pueden ayudarle, ya que habitualmente tienden a confundirse.

¿Qué son los préstamos participativos y los convertibles?

Los préstamos participativos y convertibles son una fórmula de financiación específicamente pensada para start ups o empresas en fase de emprender. Más concretamente, para empresas cuya base es el desarrollo y el crecimiento y que, por lo mismo, están relacionadas con sectores relacionados con la innovación.

Así, los préstamos convertibles y los préstamos participativos son un tipo de préstamos por los que el prestamista puede optar a una posición de privilegio a la hora de entrar como accionista a una empresa.

Principales diferencias entre préstamos participativos y préstamos convertibles

Hablaremos ahora de las principales diferencias entre los préstamos participativos y los préstamos convertibles.

1.- En el préstamo participativo, la entidad prestamista recibe un interés que es variable y que va en función de la evolución y desarrollo de la empresa que recibe la financiación. Dicho interés puede fijarse según el volumen de negocio, el beneficio neto, patrimonio o, en general, cualquier criterio de este tipo fijado entre las partes.

En algunos casos es posible también pactar un interés fijo entre ellos. El nombre de participativo vendría dado, en consecuencia, porque el prestamista «participa» de los beneficios del propio negocio en función de su evolución, y no por que obtenga participaciones sociales de la empresa (de ahí el error habitual)..

2.- En el caso del préstamo participativo, se considera que en orden a la prelación de créditos, dichos préstamos se sitúan después de los acreedores de tipo común, pues se integran en los fondos propios.

¿Qué requisitos existen para ellos?

Entre los requisitos generales, debemos mencionar que se deben cumplir los establecidos por la ley que regula el funcionamiento de dichos préstamos, lo que por ejemplo incluye un tipo de interés que debe ser por necesidad variable y en función del rendimiento de la empresa. Tal y como hemos dicho e independientemente de ello, las partes pueden fijar un interés fijo complementario. Además de ello, existen los siguientes requisitos:

1.- El prestatario, en el caso del préstamo participativo, solo puede amortizarlo anticipadamente si compensa con una ampliación igual a sus fondos propios y cuando dicha cuantía no venga de actualización de activos.

2.- Los préstamos participativos son préstamos subordinados, por lo que quedan situados por detrás de los acreedores comunes en cuanto a la prelación de créditos.

3.- En el caso de los préstamos participativos son considerados patrimonio neto desde el punto de vista de la liquidación de sociedades y la reducción de capital.

Qué beneficios tienen este tipo de préstamos para start ups o emprendedores

En primer lugar, hay que decir que uno de los beneficios que tienen este tipo de préstamos para empresas es que como son considerados partes del patrimonio neto son ideales para reforzar la estructura financiera de las mismas: algo esencial para empresas que están empezando su andadura. En segundo lugar, permiten que los costes del préstamo queden ligados a los beneficios empresariales.

En CORPORATE COUNSELORS – ABOGADOS DE EMPRESA tenemos una enorme experiencia en elaborar contratos de préstamos participativos, y de préstamos convertibles (a veces, incluso, de ambos tipos de préstamos: participativos y convertibles). Por lo que estaremos encantados en ayudarles.

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