¿CONOCES REALMENTE LA DIFERENCIA ENTRE SOCIO Y SOCIEDAD?

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Diferencias entre socio y sociedad

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INTRODUCCIÓN

Día a día nos encontramos con clientes que no conocen realmente la diferencia entre socio, sociedad y administrador social, por ello, en este post definiremos cada uno de estos conceptos mercantiles, pues, pueden ayudarte si estás pensando en constituir una sociedad o, simplemente afianzar conceptos si ya formas parte de una.

SOCIEDAD MERCANTIL

La sociedad mercantil es la personalidad jurídica (aunque integrada por socios que a su vez pueden ser otras sociedades o personas físicas) cuyo nacimiento tiene por objetivo el desarrollo de una actividad económica con ánimo de lucro. La sociedad será titular de derechos y obligaciones y tiene un patrimonio activo y pasivo.

Ésta existe bajo una razón o denominación social y queda constituida por los socios, que como se detallará posteriormente aportan conocimientos, habilidades, recursos… según las capacidades de cada uno.

No existe un único modelo de sociedad mercantil en España, si bien es cierto que las mercantiles más relevantes son la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad Anónima, ambas, sociedades capitalistas, donde lo relevante es el capital aportado por cada uno de los socios.

Desde el momento de la constitución social, los socios pasarán a ser un tercero respecto de la sociedad. El patrimonio derivado de la constitución se personifica, pues está dotado de una organización que tendrá capacidad de obrar, lo cual permitirá que sea la propia sociedad la que actúe y no los socios. Ahora bien, hay que entender esto como una ficción jurídica pues las sociedades no pueden actuar por sí mismas, sino que necesitan actuar por medio de personas físicas que integran los distintos órganos de la sociedad (por ello en última instancia quienes delinquen en el plano societario, son las personas físicas).

SOCIO MERCANTIL

Aunque parezca innecesario decirlo, no puede existir una sociedad sin socio/s. Se entiende por socio aquella persona física o jurídica que se une con otros para perseguir un fin común.

El socio lo puede serlo desde el inicio, esto es, desde la constitución de la sociedad, realizando las aportaciones necesarias para ello y adquiriendo la condición de socio fundador y, también podrá serlo posteriormente, a través de aportaciones derivadas de un aumento de capital o a través de la adquisición de participaciones o acciones a otro socio.

Ser socio va de la mano con una serie de características, entre las cuales destacamos:

-Participación en las ganancias de la sociedad.

-Posesión de derechos y deberes definidos por la sociedad.

-Realización de distintas aportaciones (en conocimiento, capital, trabajo…) según las capacidades de cada uno.

-Aprobación de las cuentas anuales y aplicación del ejercicio anterior, así como otras muchas particularidades.

Los socios tendrán distinta responsabilidad según cual sea el tipo de sociedad mercantil de la que sean parte. Dicha responsabilidad podrá ser ilimitada o limitada, si bien lo habitual es que al ser la forma jurídica más frecuente la de la Sociedad Limitada, los socios solo responderán con la inversión que han realizado en el propio negocio, de tal forma que no responderán con bienes personales.

Como se puede observar, la responsabilidad puede limitarse, por lo que si quieres formar parte de una sociedad tienes que analizar ante qué tipo de sociedad éstas, pues la inversión, dependiendo ante qué sociedad te encuentres puede conllevar un mayor o menor nivel de riesgo.

Es preciso destacar que no hay una única clase de socio, sino que podemos identificar socios capitalistas que invertirán dinero o bienes en la sociedad y socios trabajadores que se encarguen de la gestión y creación dentro de la empresa.

SOCIO VS ADMINISTRADOR SOCIAL

Es muy habitual que nuestros clientes confundan la figura del socio con la del administrador social; sin embargo, son personalidades con distintas funciones dentro de la sociedad. No obstante, puede darse la situación en la que el administrador social a su vez sea socio.

La principal diferencia para destacar es que el socio posee las acciones o participaciones de la compañía, siendo propietario de la sociedad y con derecho a participar en beneficios; sin embargo, el administrador se encarga de representar y administrar la sociedad bajo los principios de buena fe, lealtad y con la debida diligencia.

Los administradores son nombrados por los socios y actúan sin ánimo lucro, salvo que los estatutos establezcan lo contrario. Nos podemos encontrar con un único administrador o con varios de ellos que actúen de forma solidaria o mancomunada.

Por todo ello, si estás pensando en constituir una sociedad mercantil y adecuar las características de tu negocio, te conviene tener en cuenta todos y cada uno de estos conceptos mercantiles. Por esta razón, ponte en contacto con tu abogado de confianza si no tienes del todo claro los distintos tipos de modelos sociales y cuáles de éstos será el óptimo para tu negocio, pues la constitución social es el primer paso fundamental para conseguir el éxito a largo plazo.

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