El concurso de acreedores en épocas de crísis

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Con la crisis sanitaria provocada por el virus COVID-19, lamentablemente son muchas las empresas que ahora tienen que hacer frente a una difícil situación económica o a una crisis económica.

Para evitar que nuestra empresa se vea abocada a un cierre sin salvación, es muy importante que los empresarios detecten lo antes posible esta complicada situación y activen con urgencia los mecanismos necesarios para afrontarla, ya que existe una responsabilidad del administrador en un concurso de acreedores.

No debemos olvidar que en situaciones de crisis empresarial es primordial que el empresario cumpla con sus obligaciones legales si no quiere asumir el riesgo de responder de las deudas de su empresa, poniendo en grave riesgo su patrimonio personal.

Entre las muchas obligaciones que tienen los empresarios, se encuentra la de analizar si su empresa es insolvente o puede serlo a corto plazo y, si la respuesta es afirmativa, deberá activar los mecanismos que la ley prevé para hacer frente a este tipo de situaciones de crisis empresarial.

Estos mecanismos son principalmente dos y se encuentran regulados en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

    1. Por un lado, el empresario puede acogerse a la opción de solicitar el conocido como “preconcurso de acreedores”, en el cual se inician negociaciones con todos los acreedores de la empresa con la finalidad de alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos que permita al empresario continuar con su empresa y a los acreedores cobrar lo que se les debe. Estas negociaciones tendrán una duración máxima de tres meses.
    2. Por otro lado, si con esas negociaciones no se consiguiera llegar a un acuerdo con los acreedores que permitiera a la empresa afrontar con éxito la difícil situación económica por la que está pasando, el empresario tiene la obligación de presentar un concurso de acreedores durante el mes siguiente a la finalización del periodo de duración del preconcurso, si no quiere ver peligrar su patrimonio personal.

Sin perjuicio de lo anterior, es importante que el empresario también sepa cuáles son las ventajas de presentar a tiempo un concurso de acreedores a tiempo de cara a conseguir sacar adelante su empresa y afrontar con éxito la crisis empresarial que le afecta.
Entre las ventajas de las que el empresario se beneficia al solicitar un concurso de acreedores se encuentran las siguientes:

• Se limitará al máximo los riesgos para el empresario de responder con su patrimonio personal por las deudas de la empresa.
• Se paralizarán las demandas judiciales que pudieran presentar los acreedores
• Se paralizarán los intereses de demora de los créditos impagados, salvo los que estén sujetos a garantía real.
• Se paralizarán y aplazarán los embargos y ejecuciones ya existentes durante un plazo de 12 meses sin intereses.
• Se impedirá a los acreedores solicitar ejecuciones de créditos y embargos.
• Se tendrán mayores probabilidades para alcanzar un convenio de acreedores y así continuar con la actividad de la empresa, pudiendo obtener una refinanciación de la deuda de manera totalmente gratuita y sin intereses hasta cinco años.
• Se tendrá la posibilidad de obtener quitas de deudas de hasta el 50%.

En definitiva, es muy importante que en la situación actual existente el empresario analice en profundidad la situación económica de su empresa y, si piensa que puede tener dificultades para pagar a sus acreedores, obtenga asesoramiento especializado y personalizado con el objetivo de conservar la empresa y proteger su patrimonio personal. En nuestro despacho de abogados contamos con abogados especialistas en concurso de acreedores.

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